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Estimado Sr. Julio César, los colombianos en el exterior tienen la posibilidad de realizar aportes voluntarios a pensión en los dos Regímenes Pensionales. Es importante que considere lo siguiente: podrá retomar sus aportes faltando 10 años para cumplir con la edad parta pensionarse que en el caso de los hombres es de 62 años. En relación al procedimiento que debe surtir para retomar sus aportes es el siguiente:
1. A través del correo de atención al cliente de Porvenir enviar una carta en la que manifieste su intención de retomar con sus aportes en calidad de independiente residente en el exterior, deberá incluir la ciudad y el país de su domicilio y adicionalmente el monto sobre el cual realizará el pago el cual deberá estar entre 1-25 salarios mínimos legales vigentes.
2. Una vez la entidad verifique y valide su solicitud se comunicará con usted para informarles los medios de pago los cuales se podrán realizar a través de un tercero en el país o en caso que tenga una cuenta de ahorros activa en Colombia podrá realizar una transacción electrónica.

Cordial saludo señor Julio César, lo invitamos a comunicarse con este fondo o ingresar a la página web de la Administradora de Fondos de Pensión para que le informen sobre modalidades de pagos desde el exterior y pueda usted continuar realizando aportes para consolidar su derecho pensional. En Colpensiones puede realizarlo a través del programa Colombianos en el Exterior donde puede realizar sus aportes desde cualquier lugar del mundo

Tengo 56 años de edad , mi fondo de pensiones en Colombia es Protección cotice por 10 años , Vivo en España llevo cotizando pensiones por 5 años tengo trabajo activo, como hago para seguir pagando pensión en Colombia o si me puedo traer para España lo que tengo cotizado en Colombia ? o por mi edad no cumplo las semanas necesarias para poderme pensionar

Estimado Sr. Jorge, Colmbia suscribió un convenio de Seguridad Social con España a través del cual se reconoce a los trabajadores colombianos y españoles los tiempos cotizados en sus respectivos países.
Los trabajadores podrán acceder a las prestaciones establecidas en el Convenio mediante la sumatoria de tiempos cotizados en ambos países, estos tiempos serán sumados para establecer las semanas de cotización siempre y cuando no sean simultáneos y si son simultáneos se tendrá en cuenta para hacer sumatoria de su ingreso base de cotización con el fin de establecer el ingreso base de liquidación para su pensión. La solicitud deberá presentarse en el país de residencia del interesado, salvo que solamente se haya cotizado en uno de los dos países, caso en el cual deberá presentarse en el país en el cual se efectuaron los aportes. Si el interesado reside en un tercer país, debe presentar la solicitud en el país en el que estuvo asegurado
por última vez. Si el interesado vive en España, la solicitud de reconocimiento de la prestación, deberá presentarla ante Las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social – INSS – o el Instituto Social de Marina – ISM – para todas las prestaciones del régimen Especial de los
Trabajadores del Mar.
Si el interesado vive en Colombia, la solicitud de reconocimiento de la prestación deberá presentarla ante la entidad administradora del Régimen del Sistema General de Pensiones al cual se encuentra afiliado. La respectiva entidad deberá diligenciar los formularios y enviarlos al Ministerio de la Protección Social. (hoy Ministerio del Trabajo).

Cordial saludo señor Viloria, es necesario tenga en cuenta que en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, administrado por los fondos privados, como por ejemplo Protección, el derecho a pensión de vejez, no se obtiene con el cumplimiento de semanas y edad, sino con un capital ahorrado en su cuenta individual. Aclarado lo anterior, en efecto existe un convenio entre Colombia y España que permite unir las cotización en un país o el otro, esto solo se hace en el momento en que usted va a solicitar el reconocimiento y pago de una pensión de vejez. Es el fondo al que se encuentra afiliado el que debe pronunciarse sobre su derecho a pensión y la posibilidad de aplicar el Convenio existente entre las dos naciones. Sobre el convenio entre Colombia y España, permite reconocer a los trabajadores colombianos y españoles los tiempos cotizados en sus respectivos países. Los trabajadores podrán acceder a las prestaciones establecidas en el Convenio mediante la sumatoria de tiempos cotizados en ambos países, estos tiempos serán sumados para establecer las semanas de cotización siempre y cuando no sean simultáneos y si son simultáneos se tendrá en cuenta para hacer sumatoria de su ingreso base de cotización con el fin de establecer el ingreso base de liquidación para su pensión. La solicitud deberá presentarse en el país de residencia del interesado, salvo que solamente se haya cotizado en uno de los dos países, caso en el cual deberá presentarse en el país en el cual se efectuaron los aportes. Si el interesado reside en un tercer país, debe presentar la solicitud en el país en el que estuvo asegurado por última vez. Si el interesado vive en España, la solicitud de reconocimiento de la prestación, deberá presentarla ante Las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social – INSS – o el Instituto Social de Marina – ISM – para todas las prestaciones del régimen Especial de los Trabajadores del Mar. Si el interesado vive en Colombia, la solicitud de reconocimiento de la prestación deberá presentarla ante la entidad administradora del Régimen del Sistema General de Pensiones al cual se encuentra afiliado. La respectiva entidad deberá diligenciar los formularios y enviarlos al Ministerio de la Protección Social (hoy Ministerio del Trabajo).

Estimada Sra. Marcela, Un saludo. Si no está registrado en el programa de Colombianos en el Exterior, puede hacer el proceso de pre-afiliación al programa para seguir cotizando realizando el proceso por la web de colpensiones.gov.co en el link Colombianos en el Exterior. Allí realiza un proceso de pre-afiliación, que da como resultado un formulario preforma con sus datos el cual debe enviar al mail [email protected], formulario que debe ir con su firma y su huella. Para el trámite de pre-afiliación también se debe realizar un registro de usuario y contraseña, estas se le enviarán a su mail para que pueda ingresar y preafiliarse al programa Colombianos en el Exterior. Con este registro, puede decidir si a través de PILA o Western Union realizará sus aportes. Para conocer más detalle, descargue la cartilla Colombianos en el Exterior en el link Colombianos en el Exterior.

Buenas tardes , Quisiera saber en que fondo de pensiones estoy actualmente , tengo mas de 18 años cotizados en Colombia y 5 años en España , Hay un convenio entre España y Colombia donde las semanas cotizadas en España se validen en Colombia o viceversa ? tengo 48 años y deseo seguir cotizando -Quedo a la espera de sus importantes comentarios, Muchas Gracias .!

Estimada Sra. Gloria Baron, Efectivamente hay un convenio que permite reconocer a los trabajadores colombianos y españoles los tiempos cotizados en sus respectivos países.
Los trabajadores podrán acceder a las prestaciones establecidas en el Convenio mediante la sumatoria de tiempos cotizados en ambos países, estos tiempos serán sumados para establecer las semanas de cotización siempre y cuando no sean simultáneos y si son simultáneos se tendrá en cuenta para hacer sumatoria de su ingreso base de cotización con el fin de establecer el ingreso base de liquidación para su pensión. La solicitud deberá presentarse en el país de residencia del interesado, salvo que solamente se haya cotizado en uno de los dos países, caso en el cual deberá presentarse en el país en el cual se efectuaron los aportes. Si el interesado reside en un tercer país, debe presentar la solicitud en el país en el que estuvo asegurado
por última vez. Si el interesado vive en España, la solicitud de reconocimiento de la prestación, deberá presentarla ante Las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social – INSS – o el Instituto Social de Marina – ISM – para todas las prestaciones del régimen Especial de los
Trabajadores del Mar. Si el interesado vive en Colombia, la solicitud de reconocimiento de la prestación deberá presentarla ante la entidad administradora del Régimen del Sistema General de Pensiones al cual se encuentra afiliado. La respectiva entidad deberá diligenciar los formularios y enviarlos al Ministerio de la Protección Social. (hoy Ministerio del Trabajo).
Puede seguir cotizando a través del programa Colombianos en el Exterior realizando el proceso de pre-afiliación al programa para seguir cotizando realizando el proceso por la web de colpensiones.gov.co en el link Colombianos en el Exterior. Allí realiza un proceso de pre-afiliación, que da como resultado un formulario preforma con sus datos el cual debe enviar al mail [email protected], formulario que debe ir con su firma y su huella. Para el trámite de pre-afiliación también se debe realizar un registro de usuario y contraseña, estas se le enviarán a su mail para que pueda ingresar y preafiliarse al programa Colombianos en el Exterior. Con este registro, puede decidir si a través de PILA o Western Union realizará
sus aportes. Para conocer más detalle, descargue la cartilla Colombianos en el Exterior en el link Colombianos en el Exterior.