¿Vive en el exterior, nunca ha pagado pensión y le gustaría empezar a cotizar en el país?; ¿Cotizaba en Colombia y quiere seguir haciéndolo en el exterior?; ¿Vive en el exterior y quiere solicitar su derecho a pensión a través de Colpensiones?; ¿Es usted pensionado de Colpesiones y quiere recibir sus  pagos en el exterior? 


Ingrese a  http://www.colombianosune.com/Infografia-Final/convenios.html y conozca a través de una infografía el detalle del portafolio de servicios de Colpensiones para colombianos en el exterior 

 

 

Con el fin de fortalecer los servicios para los colombianos en el exterior la Administradora Colombiana de Pensiones- Colpensiones, puso a disposición de la comunidad migrante el programa Colombianos en el Exterior, el cual ofrece la posibilidad a los colombianos residentes en el exterior de afiliarse y realizar aportes al Sistema General de Pensiones o continuar con los aportes que en algún momento efectuaron en Colombia.

 

El Programa Colombia Nos Une y Colpensiones invitan a la comunidad colombiana residente en el exterior a enviar sus comentarios e inquietudes sobre las posibilidades para cotizar al sistema de pensiones en el país, consultar su situación pensional y conocer las facilidades que ofrece Colpensiones a los colombianos pensionados en el exterior. 


Las inquietudes podrán ser registradas hasta el próximo lunes 30 de junio de 2015. En caso que necesite hacer seguimiento a un trámite realizado ante Colpensiones, envie el número de su documento de identidad al correo [email protected] con el fin de poder dar respuesta a su inquietud


Para realizar comentarios es necesario haber iniciado sesión como usuario registrado en el portal. Ingrese, dando click en el siguiente link: http://colombianosune.com/user

 

Comments

Estimada Sra. Myriam Pérez, reciba un cordial saludo.

De manera respetuosa nos permitimos informarle que para continuar realizando los aportes desde el exterior los colombianos deben afiliarse como independientes. Para esto debe seguir los siguientes pasos:

1. Entrar al portal www.colpensiones.gov.co , sección AFILIADOS >> COLOMBIANOS EN EL EXTERIOR e ingresar a través del enlace “Programa Colombianos en el Exterior”.
2. Regístrese en nuestro sistema y creando su usuario y contraseña.
3. Pre- afíliese en el programa. Valide sus datos en el sistema, si la afiliación es viable, podrá diligenciar en línea e imprimir el formulario de Pre - Afiliación.
4.Para la Afiliación, imprima el Formulario, complételo y fírmelo.
5. Envíe el formulario escaneado al correo electrónico [email protected] adjuntando la fotocopia de su cédula de ciudadanía ampliada al 150% o si lo prefiere, envíelos a Colombia, a cualquiera de nuestras regionales COLPENSIONES.
6. Una vez COLPENSIONES le confirme que el trámite se realizó, podrá efectuar sus pagos en cualquier oficina de Western Unión o por Planilla Única de Liquidación de Aportes (PILA).

Rafael Contreras nos envía la siguiente inquietud:

Buenas tardes, En feb 13 de 2015 radique una solicitud para pensión en la ciudad de Cartagena, distinguida con el #20151263859. Por intermedio de ustedes puedo saber como esta esa solicitud.?

Estimado Sr. Rafael Contreras, reciba un cordial saludo.

De manera respetuosa nos permitimos informarle que de acuerdo con su consulta y validado con la Administradora Colombiana de Pensiones su proceso de pensión se encuentra en ESTUDIO, cuando exista una respuesta por parte de COLPENSIONES ellos se comunicaran a los números de contacto suministrados por Usted.

Jairo Williams Meneces escribe:

Buenos días. Quiero consultarles mi caso ya que vi este correo en Colombia nos Une. Después tuve que salir del país. Ya llevo 14 años fuera. Luego de estos 20 años de cotización, cometí el error de pasarme a un fondo de pensiones privado. Este año solicité el paso a Colpensiones nuevamente, pero me respondieron que NO porque hay una nueva ley. Yo quisiera que revisaran mi caso ya que cotice 20 años y aún Colpensiones tiene mi bono pensional. Espero me puedan asesorar con este tema y de antemano agradezco su ayuda.

Estimado Sr. Jairo Williams, reciba un cordial saludo.

En cumplimiento a la Ley 797 de 2003, artículo 2º, literal E: "Los afiliados al Sistema General de Pensiones podrán escoger el régimen de pensiones que prefieran. Una vez efectuada la selección inicial, estos sólo podrán trasladarse de régimen por una sola vez cada cinco (5) años, contados a partir de la selección inicial. Después de un (1) año de la vigencia de la presente ley, el afiliado no podrá trasladarse de régimen cuando le faltaren diez (10) años o menos para cumplir la edad para tener derecho a la pensión de vejez".

Por lo anterior, su solicitud de traslado no es procedente dado a que usted se encuentra a menos de 10 años de adquirir el Derecho a su Pensión, ahora bien bajo el entendido que las personas que reúnen las condiciones del régimen de transición previsto en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993 y que habiéndose trasladado al régimen de ahorro individual con solidaridad, no se hayan regresado al régimen de prima media con prestación definida, pueden regresar a éste en cualquier tiempo, conforme a los términos señalados en la Sentencia Unificada 062.

Por lo cual, y si usted considera que cumple con los términos de la Sentencia antes mencionada debe acercarse a un PAC, diligenciar el formulario de afiliación (descargable por la página web), anexar fotocopia del documento de identidad y una solicitud por escrito en donde se acoge a la Sentencia Unificada 062, trámite que debe ser radicado por Traslado de Régimen Sentencia Unificada 062, para que surta las verificaciones necesarias.

Estimada Sra. Janeth Cañas, reciba un cordial saludo.

De manera respetuosa nos permitimos informarle que para continuar realizando los aportes desde el exterior los colombianos deben afiliarse como independientes. Para esto debe seguir los siguientes pasos:

1. Entrar al portal www.colpensiones.gov.co , sección AFILIADOS >> COLOMBIANOS EN EL EXTERIOR e ingresar a través del enlace “Programa Colombianos en el Exterior”.
2. Regístrese en nuestro sistema y creando su usuario y contraseña.
3. Pre- afíliese en el programa. Valide sus datos en el sistema, si la afiliación es viable, podrá diligenciar en línea e imprimir el formulario de Pre - Afiliación.
4.Para la Afiliación, imprima el Formulario, complételo y fírmelo.
5. Envíe el formulario escaneado al correo electrónico [email protected] adjuntando la fotocopia de su cédula de ciudadanía ampliada al 150% o si lo prefiere, envíelos a Colombia, a cualquiera de nuestras regionales COLPENSIONES.
6. Una vez COLPENSIONES le confirme que el trámite se realizó, podrá efectuar sus pagos en cualquier oficina de Western Unión o por Planilla Única de Liquidación de Aportes (PILA).

Desde Argentina Carlos Hernando Guarnizo nos remite la siguiente inquietud:

Hola buenas tardes, estoy viviendo en Argentina y hasta Julio de 2014 cotice pension en Porvenir, quisiera saber si estando aca en Argentina puedo hacer el traslado a Colpensiones y seguir cotizando con el salario minimo en Colpensiones, muchas gracias por su respuesta.