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20 PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA VOTACIÓN EN EL EXTERIOR
 
Bogotá,  marzo 04-2010 (OP). La Registraduría Nacional del Estado Civil preparó una guía para que los colombianos residentes en el exterior participen en las elecciones del 14 de marzo. Debido a su importancia, divulgamos su contenido:
 
¿Cuáles colombianos radicados en el exterior pueden votar el próximo 14 de marzo?
 
Los colombianos que tienen su cédula de ciudadanía inscrita en el exterior podrán participar en las elecciones de Senado, Cámara de Representantes y Parlamento Andino.
 
¿Puedo votar sin haber inscrito mi cédula?
 
Los ciudadanos están habilitados para votar en el mismo puesto en donde lo hicieron la última vez, a menos que hayan cambiado su lugar habitual de votación en el período de inscripción de cédulas. Si inscribió su cédula en el exterior entre el 19 de octubre y el 13 de noviembre de 2009, o si no la inscribió pero en el pasado ya ha votado en el exterior, usted puede votar fuera del país, en el puesto en donde se encuentre habilitado.
 
¿Cómo puedo saber dónde votar?
 
Ingrese a la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil y escriba el número de la cédula de ciudadanía en el vínculo “consulte su lugar de votación”.
 
¿Dónde votan los colombianos en el exterior?
 
Los colombianos podrán sufragar en las mesas ubicadas en las embajadas y consulados de Colombia en donde tengan inscrita la cédula de ciudadanía.
 
¿En cuántos países podrán votar los colombianos residentes en el exterior?
 

Fuente

Prensa - Cancilleria

Fecha de Publicación