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Estimada Sra. Luisa, reciba un cordial saludo. En primer lugar nos permitimos informarle que el Ministerio de Educación Nacional realiza el trámite de convalidación de títulos obtenidos en el exterior. Éste consiste en el reconocimiento que el Gobierno Colombiano efectúa sobre un título de educación superior, de tal forma que con dicho reconocimiento adquiere los mismos efectos académicos y jurídicos que tienen los títulos otorgados por instituciones colombianas sin que en ningún momento esto exonere al titular del cumplimiento de los requisitos que para el ejercicio profesional tenga establecidos la ley según el caso particular.

A partir de los requisitos y condiciones señaladas anteriormente para la validez de la convalidación, será preciso que usted verifique el reconocimiento de la universidad donde pretende cursar su maestría así como el reconocimiento de dicho programa académico a través de las páginas oficiales del Ministerio o Departamento de Educación del país respectivo.

El procedimiento se encuentra regulado en la Resolución 5547 de 2005, por la cual se reglamenta el trámite de la convalidación de títulos obtenidos en el exterior, la cual estableció como requisitos para la convalidación:

1. Solicitud escrita en el formato suministrado por el Ministerio.
2. Fotocopia del diploma del título que se pretende convalidar. El diploma del título original deberá estar debidamente legalizado, por vía diplomática o con sello de apostilla.
3. Original o copia del certificado de calificaciones o del plan de estudios del programa del título que se somete a convalidación, expedidos por la institución donde se cursaron los estudios.
El certificado de calificaciones original o el plan de estudios deberán estar debidamente legalizados, por vía diplomática o con sello de apostilla.
4. Fotocopia del documento de identidad (cédula de ciudadanía, de extranjería, pasaporte).
5. Recibo de consignación de la tarifa correspondiente. (Deberá ser a nombre del convalidante, en el Banco BBVA Cuenta de Ahorros No. 31000016-1 código 11 para pregrado, código 17 para postgrado).

Para el presente caso se debe tener especial observancia en lo relacionado con los títulos españoles, país en donde actualmente existen dos tipos de formaciones que pueden ser desarrolladas por las universidades y que su resultado es la obtención de un título propio o de un título oficial.

a. Títulos oficiales con validez en toda España y en el EEES:

Los títulos oficiales, cuya aprobación se dé en cumplimiento de lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Universidades 6 de 2001, modificada por la Ley Orgánica de Universidades 4 de 2007; el Artículo 3 del real Decreto 1393 de 2007, vigente a partir del 31 de octubre de 2007, son establecidos por el Gobierno, a propuesta o previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria, así como las directrices generales de los planes de estudio que deban cursarse para su obtención y homologación. Las universidades, con sujeción a las directrices generales antes mencionadas, elaboran y aprueban los planes de estudios de los títulos oficiales, que deben ser autorizados por el Gobierno, una vez informados favorablemente por la Comunidad Autónoma correspondiente y por el Consejo de Coordinación Universitaria, siendo posteriormente sometidos a evaluación por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación que efectuará el seguimiento de la implantación del plan de estudios. Estos títulos oficiales gozan de validez en todo el territorio nacional español y en el EEES, y es a ellos a los que se les conceden efectos académicos y profesionales por parte del gobierno español;

b. Títulos propios de cada Universidad o centro universitario con o sin adscripción a una Universidad pública o privada:

Las Universidades podrán establecer enseñanzas conducentes a la obtención de diplomas y títulos propios, que carecen de los efectos que las disposiciones legales otorgan a los títulos oficiales, por ende no pueden ser objeto del trámite de convalidación de títulos, ya que, como se mencionó anteriormente, ésta procede para títulos de educación superior, reconocidos como tal por las autoridades competentes en el respectivo país.Los títulos propios carecen de los efectos que las disposiciones legales otorgan a los títulos oficiales, por ende no pueden ser objeto del trámite de convalidación.
Para la convalidación de títulos de especialidades médico – quirúrgicas este Ministerio solicita al convalidante anexar el correspondiente título de médico si es otorgado por una institución de educación superior colombiana o la convalidación del mismo si es otorgado por una extranjera. Esto con el fin de verificar la existencia del pregrado.

Adicionalmente, se verifican requisitos específicos para los postgrados en el área de la salud, tales como:

* Certificación de actividades prácticas de especialización.
* Record quirúrgico o de consulta expedido por la autoridad competente.
* Documentos que acrediten actividades académicas y asistenciales.

Para verificar los requisitos mencionados previamente usted podrá consultar el siguiente enlace de internet https://www.educacion.es/ructweb/jsp/compBdDo.do proporcionado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España, en el cual se registran los programas conducentes a títulos oficiales de máster según lo consagrado en el Real Decreto 56/05.
Respecto a la duración del trámite le informamos que conforme al artículo 178 del Decreto 019 de 2012, los tiempos de respuesta varían entre 2 a 4 meses dependiendo el criterio de convalidación que se acoja en cada caso en concreto.

Para mayor información, le sugerimos consultar la Resolución 5547 de 2005, para dar mayor claridad a los requisitos exigidos, así como la página del Ministerio, www.mineducacion.gov.co/convalidaciones y el Decreto 019 de 2012.

soy colombiano termine mi carrera de administracion de empresas en cali.luego hice un postgrado en gestion en la universidad de paris 9.soy residente en argentina con dni 92907327.mi pregunta es:como debo hacer para validar mis 2 titulos y poder trabajar aca en argentina??
gracias por susu comentarios.

Estimado Sr. Fernando, reciba un cordial saludo. En cuanto al procedimiento para convalidar el título de Colombia y de Paris en Argentina usted debe acudir a la entidad competente en dicho país para que sean las autoridades encargadas quienes informen su procedimiento.

Marisell Bernal

Vía correo electrónico Marisell Bernal, pregunta:

Buenos días mi nombre es Marisell Bernal, soy ciudadana colombiana, pero realice mis estudios universitarios en Venezuela. Quisiera saber varios puntos:
¿Los títulos universitarios obtenidos en Venezuela pueden ser convalidados en Colombia?, si es afirmativo quisiera saber cuales son los requisitos que necesito y cuales debieran ser apostillados?

muchas gracias y espero su pronta respuesta.

Estimada Sra. Marisell, reciba un cordial saludo.

En primer lugar nos permitimos informarle que la convalidación, es el reconocimiento que el Gobierno Colombiano, efectúa sobre un título de educación superior, otorgado por una institución de educación superior extranjera o por una institución legalmente reconocida por la autoridad competente en el respectivo país, para expedir títulos de educación superior, por lo cual los títulos obtenidos en Venezuela si cumplen con los requisitos legales y académicos son convalidables en Colombia.

En caso que su intención sea la convalidación de su título, le informamos que el procedimiento se encuentra regulado en la Resolución 5547 de 2005, por la cual se reglamenta el trámite de la convalidación de títulos obtenidos en el exterior, la cual estableció como requisitos para la convalidación:

1. Solicitud escrita en el formato suministrado por el Ministerio.
2. Fotocopia del diploma del título que se pretende convalidar. El diploma del título original deberá estar debidamente legalizado, por vía diplomática o con sello de apostilla.
3. Original o copia del certificado de calificaciones o del plan de estudios del programa del título que se somete a convalidación, expedidos por la institución donde se cursaron los estudios.
El certificado de calificaciones original o el plan de estudios deberán estar debidamente legalizados, por vía diplomática o con sello de apostilla.
4. Fotocopia del documento de identidad (cédula de ciudadanía, de extranjería, pasaporte).
5. Recibo de consignación de la tarifa correspondiente. (Deberá ser a nombre del convalidante, en el Banco BBVA Cuenta de Ahorros No. 31000016-1 código 11 para pregrado, código 17 para postgrado).

Le comunicamos que la tarifa en la actualidad para los estudios de pregrado corresponde a un valor de $432.100 pesos, y para los estudios de postgrado la convalidación tendrá un costo de $491.000 pesos.

Para mayor información, le sugiero consultar la Resolución 5547 de 2005, para dar mayor claridad a los requisitos exigidos, así como la página del Ministerio, www.mineducacion.gov.co/convalidaciones y el Decreto 019 de 2012.

El presente concepto se emite, en cuanto a sus efectos, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Yo me he quedado sin poder presentar la documentación para homologar mi título de Administración de Empresas en España, ya que estuve en Barranquilla y "aproveché" el viaje para adquirir y legalizar los documentos (diploma, sábana de notas, certificado); me dirigí a la Secretaría de Educación de B/quilla. para que me informaran sobre lo que tenía que hacer y lo del reconocimiento de firmas, y después de estar una mañana entera esperando en una fila (porque trabajan hasta las 11 de la mñana y tuve que regresar para entrar a las 2:30 p.m.) allí me dijeron que ellos no saben nada de eso y que tenía que averiguarlo en la gobernación del Atlántico, así que me dirigí a la Gobernación del Atlántico y después de hacer otra fila (en la que se colaba mucha gente con "palanca" por lo cual reclamé) me dijeron que ellos tampoco saben nada de eso porque solo se encargan de los títulos de unos años específicos y mi título estaba fuera del año al cual ellos se encargaban del reconocimiento de firmas, con lo cual me dirigí a la universidad y allí me dijeron que ellos lo hacían, así que lo hice y pagué en la notaría indicada el trámite indicado para todos los documentos, luego me dirigí a colocar la apostilla de la Halla, pero no lo pude hacer porque tuve que regresar urgente a España; entonces decidí que lo apostillaría acá en España, pero cual fué la sorpresa que cuando solicité este trámite me lo denegaron porque las firmas que tiene el diploma no son válidas debido a que debo enviarlo hasta Bogotá por que es allá, en el Ministerio de Educación dónde tienen que colocar el sello, así que me he quedado sin homologar mi título porque tendría que enviar los documentos a Barranquilla, pagar el viaje a alguien B/quilla.-Bogotá y Bogotá-B/quilla para que lleven los documentos al Mineducación a que coloquen un sello y para que luego me los devuelvan a España. Así que de momento no haré el trámite para la homologación porque no tengo dinero para todos esos gastos, a parte de que no entiendo de qué sirve que puedas apostillar documentos en Barranquilla si antes tienes que presentarlos en Bogotá para que les coloquen un sello, esto es de risa... pero bueno, hoy por hoy sigo sin tener mi título homologado en España, con lo cual aquí no tengo ninguna opción de trabajar en mi profesión porque en mi país me lo han impedido.

Estimada Sra. Holariz, reciba un cordial saludo.

Actualmente existen dos maneras de legalizar documentos otorgados en el extranjero, a saber:

• Con sello de Apostille: Procede cuando el país de la institución otorgante del título hace parte del Convenio de la Haya de 1961, que eliminó el requisito de la legalización de documentos públicos extranjeros. Básicamente consiste en: un sello especial que estampa la autoridad designada en el país de la institución otorgante del título, para brindarle reconocimiento al documento en un país que haga parte de la convención. La información sobre donde obtener el sello de apostille generalmente la dan en las universidades o en los consulados colombianos en el país de origen del título.

• Por vía diplomática (este se surte ante los países no firmantes del Convenio de la Haya): *Para la legalización de los documentos por vía diplomática, deberá dar cumplimiento a los siguientes pasos: 1. Aposicionamiento de sellos y firmas de reconocimiento del título que hace la autoridad que supervisa o regula la acción educativa en el país de la institución otorgante del título. 2. Aposicionamiento de sellos y firmas de reconocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores del país de la institución otorgante del título.3. Autenticación de los documentos por el cónsul o agente diplomático de Colombia en el país extranjero.

En ambos casos es necesario contar con el Aposicionamiento de sellos y firmas de reconocimiento del título que hace el Ministerio de Educación Nacional sobre los títulos de educación superior, quien verifica que el título y la institución de educación superior son válidos en Colombia. Dicho trámite se realiza en la unidad de Atención al Ciudadano del Ministerio en horario de 8am a 5pm sin costo alguno.

El presente concepto se emite, en cuanto a sus efectos, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

BUENAS TARDES
Soy Leidy Catherine Burgos Uribe, bachiller colombiana en el Liceo Nal. Femenino Antonia Santos de Bogota PROM 2005. Apostille todos mis documentos y los inserte en la Zona Educativa de Portuguesa en Venezuela y así obtuve mi titulo supletorio de bachiller en Venezuela AUNQUE MI CONDICIÓN EN VENEZUELA ES DE ILEGAL CON PASAPORTE COLOMBIANO PERO SIN VISA APROBADA. ESTOY A TAN SOLO 4 MESES DE TERMINAR MI CARGA ACADÉMICA EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA DE LA FUERZA ARMADA NÚCLEO GUANARE. Y QUIERO SABER SI PODRÍA EJERCER Y CUALES SON LOS REQUISITOS PARA CONVALIDAR EN COLOMBIA.
ESPERANDO UNA RESPUESTA ACERTADA. GRACIAS

Estimada Sra. Leidy, reciba un cordial saludo.

En primer lugar nos permitimos informarle que la convalidación, es el reconocimiento que el Gobierno Colombiano, efectúa sobre un título de educación superior, otorgado por una institución de educación superior extranjera o por una institución legalmente reconocida por la autoridad competente en el respectivo país, para expedir títulos de educación superior.

En caso que su intención sea la convalidación de su título, le informamos que el procedimiento se encuentra regulado en la Resolución 5547 de 2005, por la cual se reglamenta el trámite de la convalidación de títulos obtenidos en el exterior, la cual estableció como requisitos para la convalidación:

1. Solicitud escrita en el formato suministrado por el Ministerio.
2. Fotocopia del diploma del título que se pretende convalidar. El diploma del título original deberá estar debidamente legalizado, por vía diplomática o con sello de apostilla.
3. Original o copia del certificado de calificaciones o del plan de estudios del programa del título que se somete a convalidación, expedidos por la institución donde se cursaron los estudios. El certificado de calificaciones original o el plan de estudios deberán estar debidamente legalizados, por vía diplomática o con sello de apostilla.
4. Fotocopia del documento de identidad (cédula de ciudadanía, de extranjería, pasaporte).
5. Recibo de consignación de la tarifa correspondiente. (Deberá ser a nombre del convalidante, en el Banco BBVA Cuenta de Ahorros No. 31000016-1 código 11 para pregrado, código 17 para postgrado).

Le comunicamos que la tarifa en la actualidad para los estudios de pregrado corresponde a un valor de $432.100 pesos, y para los estudios de postgrado la convalidación tendrá un costo de $491.000 pesos.

Respecto al ejercicio de su profesión en Colombia, debe sujetarse a los requisitos propios que establezca la entidad competente de acuerdo al área del título.

Para mayor información, le sugiero consultar la Resolución 5547 de 2005, para dar mayor claridad a los requisitos exigidos, así como la página del Ministerio, www.mineducacion.gov.co/convalidaciones y el Decreto 019 de 2012.

El presente concepto se emite, en cuanto a sus efectos, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Buenas tardes, recientemente regresé de España donde finalice mi Master. Como valido este título en Colombia, para que se reconozca el nivel de formación Académica que obtuve?.

Tengo la duda, pues se que desde el 2012 el nuevo Sistema de Educación Europea, menciona que los titulos de Master y Doctorado obtenidos a partir de ese año tienen reconocimiento en 47 paises sin necesidad de validación, al revisar el listado indica que se incluyen los paises firmantes del Convenio de la Haya entre los cuales esta Colombia.

Gracias por la aclaración y orientación.