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Estimada Sra. Liliana, reciba un cordial saludo.

En primer lugar nos permitimos informarle que el Ministerio de Educación Nacional realiza el trámite de convalidación de títulos obtenidos en el exterior. Éste consiste en el reconocimiento que el Gobierno Colombiano efectúa sobre un título de educación superior, de tal forma que con dicho reconocimiento adquiere los mismos efectos académicos y jurídicos que tienen los títulos otorgados por instituciones colombianas sin que en ningún momento esto exonere al titular del cumplimiento de los requisitos que para el ejercicio profesional tenga establecidos la ley según el caso particular.

Con respecto al trámite en mención, le comunicamos el artículo primero de la Resolución 5547 del 01 de diciembre de 2005 determina que se dará aplicación al trámite de convalidación únicamente respecto a títulos otorgados por instituciones extranjeras legalmente reconocidas por la autoridad competente en el respectivo país para expedir títulos de educación superior, por un lado, y sobre títulos de educación superior reconocidos como tales en el país de origen, razón por la que debe existir, por parte de la autoridad competente en el respectivo país, un reconocimiento legal de la institución para expedir estos títulos.
A partir de los requisitos y condiciones señaladas anteriormente para la validez de la convalidación, será preciso que usted verifique el reconocimiento de la universidad donde pretende cursar su maestría así como el reconocimiento de dicho programa académico a través de las páginas oficiales del Ministerio o Departamento de Educación del país respectivo.

En la Resolución 5547 de 2005, por la cual se reglamenta el trámite de la convalidación de títulos obtenidos en el exterior, fueron establecidos como requisitos para la convalidación:

1. Solicitud escrita en el formato suministrado por el Ministerio.
2. Fotocopia del diploma del título que se pretende convalidar. El diploma del título original deberá estar debidamente legalizado, por vía diplomática o con sello de apostilla.
3. Original o copia del certificado de calificaciones o del plan de estudios del programa del título que se somete a convalidación, expedidos por la institución donde se cursaron los estudios. El certificado de calificaciones original o el plan de estudios deberán estar debidamente legalizados, por vía diplomática o con sello de apostilla.
4. Fotocopia del documento de identidad (cédula de ciudadanía, de extranjería, pasaporte).
5. Recibo de consignación de la tarifa correspondiente. (Deberá ser a nombre del convalidante, en el Banco BBVA Cuenta de Ahorros No. 31000016-1 código 11 para pregrado, código 17 para postgrado).

Para mayor información, le sugiero consultar la Resolución 5547 de 2005, para dar mayor claridad a los requisitos exigidos, así como la página del Ministerio, www.mineducacion.gov.co/convalidaciones y el Decreto 019 de 2012.
El presente concepto se emite, en cuanto a sus efectos, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Ha pensado el Ministerio de Educación simplificar los trámites y reducir tarifas para homologar títulos obtenidos en Universidades de trayectoria internacional reconocida? Son casi 500 mil pesos por cada título y muchas vueltas burocráticas que la persona debe aguantar. Hacer un posgrado en el exterior exige sacrificios y esfuerzo económico. Si el gobierno esta realmente interesado en atraer “cerebros fugados” podría comenzar por facilitarle la vida a los que hemos estudiado.

Estimada Sr. Sergio, reciba un cordial saludo.

En atención a la observación por usted realizada, amablemente nos permitimos informarle que los valores correspondientes a la tarifa del proceso de convalidación de títulos se encuentran establecidos por la Resolución 2590 de 2012 y se determinan a partir del estudio técnico que realiza el Ministerio de Educación Nacional por medio del cual se identifican los costos directos e indirectos en los que la administración incurre por la prestación de dicho servicio.

Vía correo electrónico Yina Paola, pregunta:
Vivo en España y en este momento estoy cursando un grado medio de gestión administrativa, me gustaría saber si se pueden homologar las materias que ya tengo aprobadas para seguir estudiando en Colombia, o en caso de que no se pueda si voy a poder ejercer esta profesión en mi país.muchas gracias

Estimada Yina Paolo, en atención a la consulta por usted realizada, nos permitimos dar respuesta en los siguientes términos:

La homologación es el reconocimiento que hacen las Instituciones de Educación Superior Colombianas de los estudios parciales realizados en el exterior. A través de este procedimiento, que generalmente se encuentra regulado en los reglamentos internos de las instituciones colombianas, el interesado en terminar en Colombia un programa académico iniciado en el exterior puede presentar su solicitud de homologación a fin de que la IES decida qué materias o créditos cursados fuera del país le serán reconocidos para continuar un programa académico y lograr así la obtención del respectivo título.

Por tal razón, en virtud de la Autonomía Universitaria, las instituciones de educación superior colombianas pueden analizar su caso en particular y homologar los estudios parciales realizados en España para continuarlos en Colombia otorgándole la equivalencia adecuada.

Vía correo Claudia Restrepo, pregunta:

Estudié en la Escuela de Filosofía, Facultad de Arqueología e Historia del Arte en Atenas, Grecia, donde vivo. Puedo iniciar el proceso para convalidad antes de llegar a Colombia?. Osea hacer que alguien haga la solicitud, lleve la documentación completamente autenticada y pague lo debido?. Tiene esta persona que tener especial poder mío para adelantar el procedimiento?. No tenemos Cónsul Colombiano en Atenas. La necesidad de un poder complicaría las cosas.Gracias por su atención

Estimada Claudia, reciba un cordial saludo.
En primer lugar nos permitimos informarle que el Ministerio de Educación Nacional realiza el trámite de convalidación de títulos obtenidos en el exterior. Éste consiste en el reconocimiento que el Gobierno Colombiano efectúa sobre un título de educación superior, de tal forma que con dicho reconocimiento adquiere los mismos efectos académicos y jurídicos que tienen los títulos otorgados por instituciones colombianas sin que en ningún momento esto exonere al titular del cumplimiento de los requisitos que para el ejercicio profesional tenga establecidos la ley según el caso particular.

Con respecto al trámite en mención, le comunicamos el artículo primero de la Resolución 5547 del 01 de diciembre de 2005 determina que se dará aplicación al trámite de convalidación únicamente respecto a títulos otorgados por instituciones extranjeras legalmente reconocidas por la autoridad competente en el respectivo país para expedir títulos de educación superior, por un lado, y sobre títulos de educación superior reconocidos como tales en el país de origen, razón por la que debe existir, por parte de la autoridad competente en el respectivo país, un reconocimiento legal de la institución para expedir estos títulos.

A partir de los requisitos y condiciones señaladas anteriormente para la validez de la convalidación, será preciso que usted verifique el reconocimiento de la universidad donde cursó sus estudios así como el reconocimiento de dicho programa académico a través de las páginas oficiales del Ministerio o Departamento de Educación del país respectivo.

Adicionalmente en la Resolución 5547 de 2005, fueron establecidos como requisitos para la convalidación:

1. Solicitud escrita en el formato suministrado por el Ministerio.
2. Fotocopia del diploma del título que se pretende convalidar. El diploma del título original deberá estar debidamente legalizado, por vía diplomática o con sello de apostilla.
3. Original o copia del certificado de calificaciones o del plan de estudios del programa del título que se somete a convalidación, expedidos por la institución donde se cursaron los estudios.

El certificado de calificaciones original o el plan de estudios deberán estar debidamente legalizados, por vía diplomática o con sello de apostilla.

4. Fotocopia del documento de identidad (cédula de ciudadanía, de extranjería, pasaporte).
5. Recibo de consignación de la tarifa correspondiente. (Deberá ser a nombre del convalidante, en el Banco BBVA Cuenta de Ahorros No. 31000016-1 código 11 para pregrado, código 17 para postgrado).

Le comunicamos que la tarifa en la actualidad para los estudios de pregrado corresponde a un valor de $432.100 pesos, y para los estudios de postgrado la convalidación tendrá un costo de $491.000 pesos.

Adicionalmente, según lo establecido, y como se puede verificar en la página de este Ministerio, www.mineducacion.gov.co, para iniciar el trámite de la convalidación de títulos extranjeros el solicitante debe dirigirse a la oficina de Unidad de Atención al Ciudadano (UAC), ubicada en la Calle 43 No. 57 -14, en Bogotá, con el fin de que su documentación sea revisada antes de radicarla y donde se le entregará una certificación del trámite iniciado y cuyo horario de atención es de 8:00 am a 5:00 pm de lunes a viernes.

Buenas tardes: Quiero saber si un posgrado, de la Universidad de Barcelona, virtual es homologado aquí en Colombia, posgrado en COMMUNITY MANAGER & SOCIAL MEDIA , TIPO DE CURSO DIPLOMA DE ESPECIALIZACIÓN, DIPLOMA DE POSGRADO -30 CRÉDITOS- DURACIÓN UN (1 AÑO).

GRACIAS

Estimada Betsabe, reciba un cordial saludo.
De conformidad con el artículo primero de la Resolución 5547 del 01 de diciembre de 2005, el trámite que realiza el Ministerio de Educación Nacional es el de convalidación con respecto a títulos otorgados por instituciones de educación superior extranjeras o por instituciones legalmente reconocidas por la autoridad competente en el respectivo país, para expedir títulos de educación superior, por un lado, y sobre títulos de educación superior reconocidos como tales en el país de origen, razón por la que debe existir, por parte de la autoridad competente en el respectivo país, un reconocimiento legal de la institución para expedir dichos títulos. El Ministerio no avala, no acredita ni reconoce instituciones de educación superior extranjeras.

La convalidación implica un examen de legalidad y un examen académico de los estudios cursados, con el examen de legalidad se evalúan aspectos tales como la naturaleza jurídica de la institución que otorga el título, la naturaleza jurídica del título otorgado. En cuanto al examen académico de los estudios cursados (al cual se pasa una vez se haya aprobado el examen de legalidad) éste pretende evaluar aspectos como la metodología bajo la cual se desarrolló el programa académico cursado por el solicitante, la naturaleza de los estudios realizados, así como la duración de los mismos, la orientación de las asignaturas cursadas y las condiciones de oferta.

Para el presente caso se debe tener especial observancia lo relacionado con los títulos españoles, país en donde actualmente existen dos tipos de formaciones que pueden ser desarrolladas por las universidades y que su resultado es la obtención de un título propio o de un título oficial.

a. Títulos oficiales con validez en toda España y en el EEES:

Los títulos oficiales, cuya aprobación se dé en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 35 de la Ley Orgánica de Universidades 6 de 2001, modificada por la Ley Orgánica de Universidades 4 de 2007; el Artículo 3 del real Decreto 1393 de 2007, vigente a partir del 31 de octubre de 2007, son establecidos por el Gobierno, a propuesta o previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria, así como las directrices generales de los planes de estudio que deban cursarse para su obtención y homologación. Las universidades, con sujeción a las directrices generales antes mencionadas, elaboran y aprueban los planes de estudios de los títulos oficiales, que deben ser autorizados por el Gobierno, una vez informados favorablemente por la Comunidad Autónoma correspondiente y por el Consejo de Coordinación Universitaria, siendo posteriormente sometidos a evaluación por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación que efectuará el seguimiento de la implantación del plan de estudios. Estos títulos oficiales gozan de validez en todo el territorio nacional español y en el EEES, y es a ellos a los que se les conceden efectos académicos y profesionales por parte del gobierno español;

b. Títulos propios de cada Universidad o centro universitario con o sin adscripción a una Universidad pública o privada:

Las Universidades podrán establecer enseñanzas conducentes a la obtención de diplomas y títulos propios, que carecen de los efectos que las disposiciones legales otorgan a los títulos oficiales, por ende no pueden ser objeto del trámite de convalidación de títulos, ya que, como se mencionó anteriormente, ésta procede para títulos de educación superior, reconocidos como tal por las autoridades competentes en el respectivo país.Los títulos propios carecen de los efectos que las disposiciones legales otorgan a los títulos oficiales, por ende no pueden ser objeto del trámite de convalidación. Revisado el título adjunto se trata de un título propio.

Para la verificación podrá consular el enlace https://www.educacion.es/ructweb/jsp/compBdDo.do en el cual se registran los programas conducentes a títulos oficiales. Si se trata de otro país debe verificar en el respectivo Ministerio de Educación o autoridad educativa pertinente.

En el evento en el cual una universidad extranjera pretenda ofrecer programas en territorio colombiano, deberá contar con la respectiva autorización del Ministerio de Educación Nacional. Por esta razón no se pueden dictar ninguna clase de cursos en Colombia, a menos que el programa cuente con autorización del Ministerio o se desarrolle en convenio con una institución colombiana que igualmente cuente con la respectiva autorización para ofertar programas (registro calificado) del Ministerio de Educación Nacional.

En efecto, si la metodología es on line, esta debe ser completamente virtual, esto es las tutorías y el respectivo seguimiento, debe ser acorde con esta metodología, toda vez, que en el evento, en el cual una universidad extranjera pretenda ofrecer programas en territorio colombiano, deberá contar con la respectiva autorización del Ministerio de Educación Nacional. Por esta razón usted debe verificar que no se vayan a dictar cursos en Colombia, a menos que el programa cuente con autorización del Ministerio o se desarrolle en convenio con una institución colombiana que igualmente cuente con la respectiva autorización del Ministerio de Educación Nacional.

Finalmente se advierte que no es posible hacer un estudio a priori de la convalidación de un título, toda vez que el resultado de la procedencia o no de ésta se dará una vez se adelante el procedimiento señalado en las normas y se verifique cada uno de los criterios establecidos para la convalidación de títulos otorgados en el exterior.
Adicionalmente es necesario advertir que las especializaciones no son reconocidas como nivel de educación superior en España, a excepción de algunas especialidades médicas.

Buen dia, Quisiera saber si mi titulo recibido en Italia como graduada en ciencias ambientales (tiempo de duracion 3 años) se puede convalidar para realizar estudios de post grado en Colombia. El procedimiento es el mismo que han comentado anteriormente?. Es de vital importancia porque mi deseos mas grande es regresar a mi pais y poder trabajar en esta area y seguir enriqueciendo mi formacion profesional. Muchisimas gracias.