Enviado por Jaime Martinez el Mar, 08/08/2023 - 15:59

Una vez el connacional verifique que cumple con los requisitos mínimos para aplicar a los beneficios de esta Ley, es necesario que realice el siguiente proceso:

  1. Diligenciar el Registro Único de Retornados el cual encuentra en: https://tinyurl.com/26hslajl
  2. Escanear la cédula de ciudadanía colombiana o contraseña vigente por ambos lados y adjuntarla en el formulario de registro en formato PDF.
  3. Adjuntar un documento que acredite la permanencia en el exterior de por lo menos tres (3) años. El documento debe estar en formato PDF; puede incluirse un documento de identidad del connacional en el exterior, certificado laboral, constancia de estudio, recibo de servicios públicos del lugar de residencia, entre otros.

Al diligenciar el Registro, el colombiano residente en el extranjero estará manifestando su interés de retornar al país y acogerse a la Ley 1565 de 2012. Además, el Registro incluye la autorización del solicitante para que el Ministerio de Relaciones Exteriores consulte, haciendo uso de los medios electrónicos establecidos para tal fin, los antecedentes judiciales, fiscales, disciplinarios y la información sobre los movimientos migratorios de los solicitantes.