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Colombia

 

Un programa de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería se encarga de prestar acompañamiento y orientación a aquellos colombianos que regresan del exterior y a sus familias. A través del trabajo interinstitucional, este Programa activa rutas de apoyo y ayuda en la estabilización de los connacionales en el país.

Si usted es un colombiano que ha retornado del exterior o está contemplando esa posibilidad, esta información le interesa:

1. ¿Dónde encuentran orientación sobre su retorno a Colombia?

En el Centro de Referenciación y Oportunidades para el Retorno - CRORE del programa Colombia Nos Une de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería, en Bogotá D.C.

Este CRORE funciona en la sede de la Cancillería colombiana: carrera 6 #9-46, y también ofrece orientación en el Centro Integral de Atención al Migrante de la Alcaldía Mayor de Bogotá ubicado en la calle 35 #21 -19

En el CRORE se presta atención los martes y viernes, de 9 a.m. a 12m. y de 2 a 4 p.m. 

El Centro Integral de Atención al Migrante, operado por la Secretaría Distrital de Integración Social, fue creado para atender a personas u hogares migrantes y extranjeros en condición de vulnerabilidad.

 

 2. ¿Qué es un CRORE?

Un Centro de Referenciación y Oportunidades para el Retorno - CRORE es una oficina asesora del programa Colombia Nos Une de la Cancillería.

Presta orientación a los colombianos que retornan del exterior sobre los servicios de Colombia Nos Une y sobre la Ley Retorno.

 

 3. ¿Qué es la Ley Retorno?

La Ley 1565 de 2012 o Ley Retorno tiene como objetivo brindar acompañamiento a aquellos colombianos que retornan al país.

 

4. ¿Qué requisitos deben cumplir para ser beneficiarios de la Ley?

Los requisitos son:

  • Ser colombiano mayor de edad.
  • Haber vivido por lo menos tres años en el exterior.
  • No tener condenas vigentes en Colombia ni en el exterior.
  • Llevar menos de un año en Colombia después de haber retornado.

 

 5. ¿Qué beneficios otorga esta Ley?

Entre los beneficios se encuentran:

  • Exenciones de impuestos para el traslado de bienes.
  • Definición de la situación militar
  • Orientación en el retorno y en la estabilización en Colombia.
  • Entre otros

 

6. ¿Cómo aplicar a esta Ley?

Debe diligenciar Registro Único de Retorno - RUR en: www.colombianosune.com

Es muy importante que dejen datos de contacto reales y en constante uso para contactarlos en el futuro.

 

 7. ¿Qué pasa después?

Su solicitud es revisada por la Comisión Intersectorial para el Retorno- CIR, de la cual hacen parte varias entidades gubernamentales.

Esta Comisión se reúne el último jueves de cada mes.

A su correo electrónico llegará la respuesta.

 

 8. ¿Qué es Colombia Nos Une?

Es un programa de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería, que trabaja en el acompañamiento y vinculación de los colombianos en el exterior y aquellos que retornan al país.

Más información en: www.colombianosune.com/retorno

 

 

 

 

 

 

 

Nota

Ocho datos que deben conocer los colombianos que retornan del exterior a Bogotá D.C. o Cundinamarca

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