Si desea inscribirse como víctima del conflicto armado, reside fuera de Colombia y su hecho victimizante ocurrió entre 1985 y el 10 de junio de 2011, dispone de plazo hasta el 10 de junio de 2017 para declarar su caso en los consulados de Colombia en el mundo.


En su objetivo de acercar el Estado a las víctimas para brindarles una oferta pertinente, eficaz, sostenible y oportuna, el pasado 19 de mayo la Unidad para las Víctimas emitió la circular 0008, por la cual se amplían los plazos de la toma de declaración para los connacionales víctimas en el exterior, tal como se indica a continuación:


1.- El plazo para declarar ante los consulados, por hechos ocurridos entre el 1º de enero de 1985 y el 10 de junio de 2011, fecha de promulgación de la Ley 1448 de 2011, es de cuatro años contados a partir del 10 de junio de 2013, es decir, la declaración debe rendirse antes del 10 de junio de 2017.


2.- Para los hechos victimizantes ocurridos después del 10 de junio de 2011, el plazo para rendir la declaración ante los consulados es de dos años a partir del 10 de junio de 2013.


3.- Para los hechos ocurridos con posterioridad al 10 de junio de 2013, los residentes en el exterior deberán presentar la declaración ante los consulados en un término de dos años contados a partir de la fecha de ocurrencia del hecho.


4.- En todo caso, en el evento de fuerza mayor que haya impedido a la víctima presentar la solicitud de registro en el término establecido, el mismo se empezará a contar desde el momento en que cesen las circunstancias que motivaron tal impedimento, para lo cual deberá informar de ello al Consulado, quien a su vez remitirá tal información a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley 1448 de 2011.


El Gobierno de Colombia reitera su llamado a quienes se consideran víctimas del conflicto armado interno y se encuentran fuera del país a presentar su declaración ante los consulados colombianos, quienes remitirán su solicitud a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, entidad encargada de valorarla y decidir sobre la inclusión o no en el registro.


Con corte al 04 de junio de 2015, se habían recibido 2.239 solicitudes de inscripción en el Registro Único de Víctimas procedentes de 36 países. El 92,5% de ellas se remitieron en consulados de Colombia en Estados Unidos, Canadá, Ecuador, España, Venezuela, Costa Rica, Panamá, Chile, Suecia y Francia.


Esto ha permitido la inclusión de 4.312 personas en el mencionado registro oficial y el reconocimiento de 7.185 hechos victimizantes, principalmente desplazamiento forzado (42,7%), seguido de amenaza (32,5%) y homicidio (15%).

 

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