La Trata de Personas ha sido catalogada como una de las formas de esclavitud contemporánea; es una práctica que degrada al ser humano, convirtiéndolo en un objeto con el que se negocia y trafica. Esta actividad violenta de manera directa, la dignidad de hombres y mujeres, restringe las libertades individuales y vulnera la igualdad.

 

La trata de personas ocurre cuando una persona es llevada lejos de su hogar para realizar trabajos o actividades que no desean hacer, o por las cuales le pagan poco o nada y por lo tanto son explotados en beneficio de otra persona. 

 

Generalmente esta explotación se realiza con fines sexuales o prostitución ajena; trabajos forzados o prácticas similares a la esclavitud; mendicidad ajena; matrimonio servil; extracción ilegal de órganos o turismo sexual.

 

Según organismos como la UNICEF cerca de 1.2 millones de niños son víctimas de este delito al año. 

 

El Ministerio de Relaciones Exteriores recientemente ha venido conociendo casos de trata de personas en su modalidad de matrimonio servil, en los que delincuentes se aprovechan de la ilusión de las personas de contraer matrimonio con un ciudadano extranjero. Estos sujetos prometen una nueva vida a ciudadanas colombianas, incluyendo reconocimiento de hijos, vivienda, vehículo, y dinero. 

 

Generalmente en estos casos los victimarios visitan Colombia para “oficializar” la relación. Una vez han convencido a la víctima le piden que venda sus bienes para realizar una nueva inversión en el extranjero, pero después de realizar el viaje al exterior la despojan de sus documentos y empiezan a maltratarlas verbal y físicamente para posteriormente echarlas a la calle.

 

De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas la trata de personas tiene como características: 

 

a) el reclutamiento, transporte, transferencia o recepción de personas; 

b) el uso de medios impropios, como la fuerza, la abducción, el fraude, o la coerción; 

c) tiene como objetivo la explotación, bien sea sexual, o bien por trabajos forzados, servilismo o esclavitud” .

 

Para combatir este delito en el país, el Estado colombiano ha adoptado en la Ley de Trata de Personas (Ley 985 de 2005) las anteriores conductas que aunque no agotan sus posibles modalidades, si constituyen una base común, que se reconoce a nivel mundial como las conductas mínimas a reprimir. 

 

Invitamos a la comunidad colombiana, en el mundo entero, a que en caso de conocer alguna situación de este tipo que afecte a cualquier compatriota informe de manera confidencial a través de la Línea Gratuita Nacional contra la Trata de Personas  1.8000.522020 o en Bogotá: 600 10 35

 

Imagen tomada del documento Estrategia Nacional Integral de lucha contra la trata de personas

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